REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Seis (06) de Diciembre del dos mil veintidós
212º y 163°
N° MANUAL-S-2022-4433
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la Sociedad Mercantil CEREALES VENEZOLANOS CEREVEN C.A inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el N° 3, tomo 115-A, de fecha 6 de Diciembre de 2006, con RIF N° 31103743-8 asistiendo en este acto, la Abogada en Ejercicio: ANA SOFHIA ARRAEZ CORDERO, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 292.944, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la Sociedad Solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Urbanización Conjunto Residencial Villa Real, Sector Cruz Verde, Lote Zamurobano de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara , las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 02 de Abril del 2012, bajo el N° 2011.1167 Asiento Registral 2, del inmueble matriculado con el N° 362.11.2.3.3377, Correspondiente al Libro de Folio Real del año 2011 cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Sociedad Mercantil: CEREALES VENEZOLANOS CEREVEN C.A anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Godoy/San.-