REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de abril de dos mil veintidós
212º y 163º
ASUNTO: KP02-S-2022-001103
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos: YAMILETH DEL CARMEN ALVAREZ MARCHAN Y KLEIVER ADRIAN PEÑA ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.535.141 y V-30.071.828, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en Ejercicio: DULCE MAYERLIN GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 222.865, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías, ubicadas en: El Barrio La Victoria, Carrera 1 con Callejón 2, Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: YAMILETH DEL CARMEN ALVAREZ MARCHAN Y KLEIVER ADRIAN PEÑA ALVAREZ, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://ww.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Migv/mfqa.-