REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de abril de dos mil veintidós
211º y 163º
ASUNTO: KP02-S-2022-000713
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: ESTEFANI LOREANNY DOMINGUEZ AMARO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-30.075.245, asistida en este acto por la abogada en Ejercicio: EVA MARINA MAVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 158.724, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías, ubicadas en: Avenida la Salle, Urbanización el Sisal II, bloque 13, segundo piso, apartamento 02-05, Parroquia Juan de Villegas (Ana Soto), Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIEDAD DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: ESTEFANI LOREANNY DOMINGUEZ AMARO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://ww.lara.scc.org.ve.
La Jueza,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,


Abg. María Isabel Godoy Viloria.



MSLP/Migv/ig