EXPEDIENTE: AP31-S-2015-008092
SOLICITANTES: HILARIO REYES ROMERO y MARJORIE ALEJANDRA RODRÍGUEZ DÍAZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.186.241 y V-10.001.877, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL: RONALD J. PUENTE GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 149.093.
MOTIVO: CONVERSION DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos HILARIO REYES ROMERO y MARJORIE ALEJANDRA RODRÍGUEZ DÍAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.186.241 y V-10.001.877, respectivamente, decretada el 16 de septiembre de 2015, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 06 de mayo de 2011, ante el Registro Civil de la parroquia el Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en el acta N° 124, correspondiente al año 2011, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los ocho (08) día del mes de junio de dos mil veintiuno (2021). Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZA
Dra. JENNY GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS RAMÍREZ.
|