REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de agosto de dos mil veintiuno
210º y 161º

ASUNTO: KP02-S-2021-000872

Vista la solicitud de Título Supletorio que antecede, presentada por ante la U.R.D.D, en fecha veintiséis (26) de julio de 2021 por la ciudadana EDYLIN VERONICA SALAZAR PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.20.351.730, de este domicilio, asistida en este acto por la abogado en ejercicio Nadhezda Desiree González González, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.26.68.017, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante, la ciudadana: EDYLIN VERONICA SALAZAR PINTO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria


Lucila Suarez Alvarado.