REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, treinta (30) de agosto de dos mil veintiuno
211º y 162º

ASUNTO: KP12-J-2021-000069

Demandante: Alexandra Isabel Campos Leal, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.343.034.
Abogadas Asistentes: Maribel Azucena Aponte y Liliana del Carmen Montes de Oca, inscritas en el I.P.S.A; bajo el Nº 62.323 y 161.706.
Demandado: Nelson Enrique Yepez Guevara, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.610.177.
Beneficiaria: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) (Adolescente) y (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) (Niña), fechas de nacimiento 19/11/2005 y 04/02/2010
Motivo: Divorcio 185 (Desafecto).

El día 08 de junio de 2021, la ciudadana Alexandra Isabel Campos Leal, ya identificada, debidamente asistida por las abogadas Maribel Azucena Aponte y Liliana del Carmen Montes de Oca, inscritas en el I.P.S.A; bajo el Nº 62.323 y 161.706, presentó ante este Juzgado, la solicitud de divorcio, en contra del ciudadano Nelson Enrique Yepez Guevara, ya identificado, fundamentada en la sentencia vinculante dictada por la sentencia N° 1070-2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de diciembre de 2016, en virtud que entre ellos surgieron desavenencias las cuales los fueron distanciando como pareja haciendo imposible la vida en común. De dicha unión procrearon dos (02) hijas de nombre (Adolescente) y (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) (Niña). Admitida la solicitud, en fecha 11 de junio de 2021, se ordeno la notificación del ciudadano Nelson Enrique Yepez Guevara, ya identificado, de conformidad con el artículo 458 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. De igual forma se prescindió de escuchar la opinión de la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), a los fines de salvaguardar la salud de la referida adolescente y de la niña, en vista de la situación de riesgo generada por el Virus Covid-19, de conformidad con las resoluciones Nros. 007 y 008 de la Sala Plena del TSJ. Asimismo, se ordeno la notificación del Fiscal del Misterio Publico en materia de Protección del niño, Niña y Adolescente de conformidad con el artículo 463 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Igualmente, se dictaron las siguientes medidas provisionales, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 351 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:
a) En cuanto a la patria potestad la ejercerán ambos padres.
b) En cuanto a la custodia, la ejercerá la madre Alexandra Isabel Campos Leal, ya identificada.
c) En cuanto a la Responsabilidad de crianza la ejercerán ambos padres.
d) En cuanto al régimen de convivencia familiar, será amplio, siempre y cuando no afecten los horarios de estudio y de descanso, es decir, los fines de semanas, días festivos, vacaciones escolares y decembrinas, así como también podrán ser compartidas de común acuerdo entre sus hijas y sus padres.
e) En cuanto a la Obligación de Manutención el padre ciudadano Nelson Enrique Yepez Guevara, antes identificado, suministrará la cantidad de cincuenta dólares (50$) mensuales, en razón de veinticinco dólares (25$)quincenales o su equivalente en soberanos, según la taza cotizada por el Banco Central de Venezuela, cantidad que se depositara en la cuenta de la madre y con referencia a los gastos relacionados con estudios, atención medica, medicina, vestuarios, recreación y otros, el padre aportara el 50 %.
En fecha 07 de julio de 2021, el alguacil adscrito a este Circuito Judicial consignó boleta de notificación librada al ciudadano Nelson Enrique Yepez Guevara, ya identificado, debidamente practicada.
En fecha 19 de julio de 2021, el alguacil adscrito a este Circuito Judicial consignó boleta de notificación debidamente firmada y recibida por la Abogada Ana Torrealba, en su condición de Fiscal Decimocuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En fecha 21 de julio de 2021, la suscrita secretaria certificó boleta de notificación conforme a lo que establece la norma del artículo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En esta misma fecha, se recibió escrito presentado por el ciudadano Nelson Enrique Yepez Guevara, ya identificado, asistido por el abogado Ángel Pérez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 153.064.
En fecha 22 de julio de 2021, por medio de auto, fue fijada la audiencia preliminar, para el día viernes veinte (20) de agosto de 2021, a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, entre los ciudadanos Alexandra Isabel Campos Leal y Nelson Enrique Yepez Guevara, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.343.034 y V-9.610.177, respectivamente, de conformidad con la norma del artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 02 de agosto de 2021, se recibió oficio N° LAR-F14-098-2021, por parte de la abogada Ana María Torrealba Rivero, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Decima Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En fecha 20 de agosto de 2021, día y hora para llevarse a cabo la oportunidad fijada para la audiencia, todo conforme con la norma del artículo 512, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se dejo expresa constancia que no comparecieron al acto ninguna de las partes, por lo que de conformidad con la norma del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se dio por terminado el presente asunto.

DECISIÒN

Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Desistida la solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana Alexandra Isabel Campos Leal, en contra del ciudadano Nelson Enrique Yepez Guevara, ya identificados.

De igual forma y en virtud de haber declarado desistido el procedimiento, se ordena dejar sin efecto las medidas provisionales a las que contrae la norma del artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dictadas en auto de admisión de fecha 11 de junio de 2021, que riela a los folios once (11) y doce (12) de autos.

Regístrese y publíquese.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 30 de agosto de 2.021. Años 211º y 162º.

LA JUEZ PROVISORIA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

EL SECRETARIO (S)


Abg. ARISTIDES ARENAS

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 110-2.021 y se publicó siendo las 10:38 a.m.
EL SECRETARIO (S)


Abg. ARISTIDES ARENAS


Asunto: KP12-J-2021-000069
YVN/pm.-

“30° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño 1989-2019”.