REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de abril de dos mil veintiuno
210º y 161º

ASUNTO: KP02-S-2021-000159
Vista la solicitud de Título Supletorio que antecede, presentada por ante la U.R.D.D., en fecha: 19/02/21 y recibida por ante este Tribunal en fecha: 02/03/21, por la ciudadana: María Eugenia Moran Torres, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.506.766, de este domicilio, asistida en este acto por el abogado German Inojosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 219.674, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante, la ciudadana: MARÍA EUGENIA MORAN TORRES, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez


Magdiel José Torres. La Secretaria

Lucila Suarez Alvarado.