REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, seis (06) de noviembre de dos mil veinte
210º y 161º

ASUNTO: KH12-V-2005-000009

Solicitante: Violeta Del Rosario López Lucena, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-4.194.379.

Beneficiario: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), mayor de edad, fecha de nacimiento 17/01/2002

Motivo: Colocación Familiar.

En fecha 16 de febrero del 2005, por medio de auto se dicto medida provisional de Colocación Familiar en la persona de la ciudadana Violeta Del Rosario López Lucena, en beneficio de los niños (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).

En fecha 18 de abril del 2005, fue dictada la Medida Provisional de Colocación Familiar mediante sentencia signada bajo el N° 305-2005, por la Sala de Juicio N° 1 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, a favor de los beneficiarios los niños (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), ordenándose los respectivos seguimientos.

En fecha 10 de agosto de 2010, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Luisa Cristina González Campos, ordenando los respectivos seguimientos.

En fecha 12 de enero de 2015, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Temporal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Maryhé Georgina Álvarez Álvarez, ordenando los respectivos seguimientos.

En fecha 20 de noviembre de 2017, por medio de sentencia signado bajo el N° 424-2017, se dio por terminada la Colocación Familiar, dictada por la Sala de Juicio Numero 01 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en lo que respecta a los ciudadanos Jeremy Jacob y Carlos Aarón Pérez Oropeza, por haber cumplido la mayoría de edad.

En fecha 14 de agosto de 2019, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Oliva Gil. Asimismo se ratifica la medida provisional de Colocación Familiar.

En fecha 05 de noviembre de 2020, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Provisoria Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Yackelin Villegas Nava.

Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende de la copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), que corre inserta al folio once (11) de autos, que el mismo alcanzó su mayoría de edad, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento. Así se decide.

DECISIÓN

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Colocación Familiar dictada en fecha dieciocho (18) de abril del 2005, mediante sentencia signada bajo el N° 305-2005, por la Sala de Juicio Numero 01 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, por cuanto el beneficiario, es decir, el ciudadano Kevin Josué Pérez Oropeza, cumplió su mayoría de edad.

Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia a la parte interesada, para el archivo y dese por terminado en el sistema Juris 2000.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, seis (06) de noviembre de 2020. Año 210º y 161º.

LA JUEZ PROVISORIA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 72–2.020 y se publicó siendo las 10:11 a.m.
LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO

KH12-V-2005-000009
YVN/pm.-

“30° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño 1989-2019”.