REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Extensión Carora.
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
Carora, veinte (20) de noviembre de dos mil veinte
210º y 161º


ASUNTO: KH12-V-2005-000042

DEMANDANTE: Alejandrina Frías De Amaya, venezolana, titular de cédula de identidad Nº V-4.191.093, domiciliada, en esta ciudad de Carora, municipio Torres del estado Lara.

BENEFICIARIA: Lincar Enrique Infante Frías, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 03/12/2001

Motivo: Colocación Familiar.

En fecha 20 de octubre de 2005, se recibió escrito por parte de la ciudadana Alejandrina Frías De Amaya, ya identificada, donde solicitaba la colocación familiar del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.). En fecha 31 de octubre de 2011, se admitió la solicitud y por consiguiente se ordeno la notificación del Fiscal del Ministerio Público y de la Trabajadora Social.

En fecha 24 de noviembre de 2.005, fue dictada la medida provisional de Colocación Familiar mediante sentencia signada bajo el N° 977-2005, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito judicial, Sala de Juicio N° 2, a favor del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en la persona de la ciudadana Alejandrina Frías de Amaya, venezolana, titular de cédula de identidad Nº V-4.191.093, ordenándose los respectivos seguimientos de conformidad con la norma del articulo 401-B de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 13 de abril de 2011, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Temporal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Ellyneth Mariela Gómez Alvarado.

En fecha 15 de octubre de 2019, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Oliva Gil. Asimismo se ratifico la medida provisional de Colocación Familiar.

En fecha 19 de noviembre de 2020, se abocó al conocimiento de la presente causa la Juez Provisoria Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Yackelin Villegas Nava.




Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende de la copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), que corre inserta al folio cinco (05) de autos, que el mismo alcanzó su mayoría de edad, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento. Así se decide.
DECISIÓN

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Colocación Familiar dictada en fecha veinticuatro (24) de noviembre del 2005, mediante sentencia signada bajo el N° 977-2005, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito judicial, Sala de Juicio N° 2, por cuanto el beneficiario, es decir, el ciudadano Lincar Enrique Infante Frías, cumplió su mayoría de edad.

Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia a la parte interesada, para el archivo y dese por terminado en el sistema Juris 2000.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, veinte (20) de noviembre de 2020. Año 210º y 161º.
LA JUEZ PROVISORIA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 77–2.020 y se publicó siendo las 11:52a.m.
LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO

KH12-V-2005-000042
YVN/pm.-
“30° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño 1989-2019”.