REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis (06) de marzo de dos mil veinte (2020)
209º y 161º

ASUNTO: KP02-S-2020-000452

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ROGELIO RAMON MORAN SALOM, quien en vida fuese venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-6.057.159, y falleciera ab intestato el día 18 de enero del año 2020, a favor de las ciudadanas ADELAIDA JOSEFINA COLMENARES DE MORA, MILITZA JOSEFINA MORA COLMENARES, YELITZA JOSEFINA MORA COLMENARES, MELITZA JOSEFINA MORA COLMENARES y YILITZA JOSEFINA MORA COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.564.801, V-16.227.590, V-17.160.647, V-21.536.920 y V-27.797.250, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ SUPLENTE,

Abg. MARIA EMILIA RODRIGUEZ
EL SECRETARIO TEMP.

LEWIS CARRASCO RANGEL


MER/LCR/JAFB.-