REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de febrero de dos mil veinte (2.020)
209º y 160º
ASUNTO: KP02-V-2020-000216
DEMANDANTE: Pilar Zamy Reyes Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº17.889.141.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Dalila Torres, Inpreabogado Nº 161.573.
MOTIVO: Acción Merodeclarativa
SENTENCIA: Interlocutoría con fuerza definitiva
Del escrito libelar presentado por la ciudadana Pilar Zamy Reyes Pérez, asistida por la Abogada Dalila Torres, se evidencia fehacientemente que no fue señalado legitimado pasivo alguno, lo que se traduce a una inadecuada conformación de la relación jurídica procesal, la cual es de estricto orden público, y siendo que, la pretensión debió ser intentada por la vía del procedimiento ordinario conforme a Lo establecido en el artículo 16 y 338 del Código de Procedimiento Civil y no por vía especial de solicitud, correspondiendo a la parte interesada invocar el mismo; razón por la cual, este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión propuesta.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto, a los diez (10) días del mes de febrero de dos mil veinte (2.020). Años: 209º y 160º.
La Juez Suplente,
Abg. Belén Beatriz Dan Colmenárez
El Secretario Accidental,
Abg. Elías Abrahán Pérez
En esta misma fecha siendo las 2:20, se registró y se publicó la presente decisión, previa formalidades de ley.-
El Secretario Accidental,
Abg. Elías Abrahán Pérez
BBDC/EAP/ihp.-
ASIENTO LIBRO DIARIO:
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