REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. (Carora)
Carora, veinte (20) de febrero de dos mil veinte
209º y 161º

ASUNTO: KP12-V-2019-000058
Solicitante(S): Criss Dayana Álvarez Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-26.941.149.

BENEFICIARIA: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), de dos (02) años de edad.

MOTIVO: Permiso para visitar al niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en el centro de entidad de atención Casa hogar “Santa María Goretti”, de esta ciudad de Carora, parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres, estado Lara.

Este Tribunal después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente expediente y en atención a la medida provisional de Colocación en Entidad de Atención dictada en fecha veintinueve (29) de octubre de 2.019, otorgada por este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en la Ciudad de Carora, en el centro de entidad de atención Casa hogar “Santa María Goretti” dirigida por la ciudadana Rosario Rojas Sayago titular de la cédula de identidad Nº V-27.178.547, a favor del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y vista la diligencia que riela al ciento diecisiete (117) de autos y la comparecencia de fecha diecinueve (19) de febrero de 2020, que riela al ciento veintisiete (127), mediante acta de comparecencia en la cual la ciudadana Criss Dayana Álvarez Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-26.941.149, solicitó autorización para visitar al niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en el centro de atención Casa hogar “Santa María Goretti” por lo menos una hora diaria de lunes a viernes en horas de la tarde, este Tribunal acuerda lo siguiente:

Se concede permiso a la ciudadana Criss Dayana Álvarez Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-26.941.149, para visitar al niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), por lo menos una hora diaria de lunes a viernes en horas de la tarde en el centro de atención Casa hogar “Santa María Goretti”, el cual se encuentra ubicado en la calle Lara, casa Nº 4-62, Zona Colonial, de esta ciudad de Carora parroquia Trinidad Samuel del Municipio Torres, estado Lara.

“Asimismo, se les advierte a las autoridades competentes, que la referida ciudadana no tiene autorización alguna para trasladar al niño fuera del Estado Lara, Autorización valida solo para esta oportunidad.

Expídanse copias certificadas por la secretaria a la solicitante.

Regístrese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 20 de febrero de 2020. Años 209º y 161º.

LA JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abg. OLIVA GIL


LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 45–2.020 y se publicó siendo las 11:26 a.m.

LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO




Asunto: KP12-V-2019-000058
OG/am.-
“30° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño 1989-2019”.