ASUNTO : AP31-S-2019-004805
SOLICITANTE: ciudadana GLENY GUAIDO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-9.415.444.
ABOGADA DEL SOLICITANTE: YAURY MEJIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 146.192.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 01 de octubre de 2019, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 20 de noviembre de 2019, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Titulo supletorio, y se instó a la interesada a consignar autorización de los ciudadanos Luís Duran, Otilia Yánez y Aymará Martínez, debidamente notariada, o en su defecto los mismos deberán comparecer ante este Circuito Judicial a ratificar la misma, dándole un lapso perentorio de 20 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 20 de noviembre de 2019, a saber: 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29 y 30 de noviembre de 2019; 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13, 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; de diciembre de 2019; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13, 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26 y 27 de enero de 2020, para que la parte interesada consignara lo solicitado en el auto en referencia, en virtud de que el mismo es un requisito fundamental para la tramitación de la Solicitud de Titulo supletorio, ya que solo fue consignado un documento privado, y visto que hasta la presente fecha no han comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,
Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
JMGF/IMCR/Edgar
Exp : AP31-S-2019-004805
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