En consecuencia téngase la presente ACLARATORIA como parte integrante de la precitada homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
Téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 25 de enero del año 2016; 20 de abril del año 2018 y su correspondiente aclaratoria de fecha 07 de mayo del año 2018.-

La Juez,