REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinte (2020)
210º y 161º

ASUNTO: KP02-S-2020-000973

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano DAVID JOSE LOPEZ TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-23.833.593, debidamente asistido por el abogado GERMAN INOJOSA inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 219.674, y evacuados como han sido los testigos, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio sobre un terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano DAVID JOSE LOPEZ TERAN, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZA PROVISORIA,



ABG. DIOCELIS JANETH PEREZ BARRETO
EL SECRETARIO




ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL




DPB/LCR/kgvg.-
ASIENTO LIBRO DIARIO: __________________