REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, diecisiete (17) de septiembre de dos mil diecinueve
209º y 160º
ASUNTO: KP12-V-2011-000145
Solicitante (S): Gregoria María Romero de Carrasco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.763.462.
Beneficiario: Aizar Alexander Carrasco Romero, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 02/12/2000
Motivo: Colocación Familiar.
En fecha catorce (14) de octubre del 2011, fue dictada Colocación Familiar mediante sentencia signada bajo el N° 72-2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a favor del beneficiario ciudadano Aizar Alexander Carrasco Romero, ya identificado, ordenándose los respectivos seguimientos.
En fecha 05 de mayo de 2014, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Yackelin Villegas Nava.
En fecha 18 de septiembre de 2018, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Bertha María Álvarez Andueza.
En fecha 17 de septiembre de 2019, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Oliva Del Carmen Gil.
Este Juzgado observa:
De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende que el beneficiario Aizar Alexander Carrasco Romero, que corre inserta al folio seis (06) de autos, que el mismo alcanzó su mayoridad, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento, solo respecto al referido beneficiario. Así se decide.
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Colocación Familiar dictada en fecha catorce (14) de octubre del 2011, mediante sentencia signada bajo el N° 72-2011, solo en lo que respecta al ciudadano Aizar Alexander Carrasco Romero, por cuanto el mismo cumplió su mayoría de edad.
Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia para el archivo.
Dada, firmada y sellada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, diecisiete (17) de septiembre de 2019. Año 209º y 160º.
LA JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN
Abg. OLIVA GIL
LA SECRETARIA SUPLENTE
Abg. ANAYBEHT DEL CARMEN FIGUEROA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 35–2.019 y se publicó siendo las 11:52 a.m
LA SECRETARIA SUPLENTE
Abg. ANAYBEHT DEL CARMEN FIGUEROA
KP12-V-2011-000145
OG/ma.-
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