REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 18 de Octubre de 2019
Año 209º y 160º
ASUNTO: 165-2019
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MEJIAS MUSSETT MILAGROS COROMOTO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.625.663, asistida por la abogado FRAY MIGUEL CASTILLO CORDERO, en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado Nº 256.938, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías que ha venido ocupando desde hace varios años, en un lote de terreno propio, con una superficie aproximada de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (200,44.M2) y un área de terreno de DOCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON CINECUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (208,50.M2); ubicado en la calle 13 entre carreras 05 y 06 sector centro de la parroquia buenaventura Freitez, municipio crespo, del estado Lara, cuyos linderos generales son, NORTE: en línea quebrada de tres metros con cuarenta centímetros (3,40.Mts), cuatro metros con setenta y cinco centímetros (4,75.Mts), tres metros con diez centímetros (3,10.Mts), dos metros con sesenta y cinco centímetros (2,65.Mts), cinco metros con cincuenta centímetros (5,50.Mts) con María Lourdes Gallardo, carrera (6) , Chirinos Jaime Jose. SUR: En línea quebrada de cinco metros con setenta y cinco centímetros (5,75.Mts), ocho metros con quince centímetros (8,15.Mts), cinco metros con diez centímetros (5,10.Mts). Con hermanos Mejías Rodriguez. ESTE: en línea quebrada de cinco metros con cincuenta y cinco (5,55.Mts), un metro con treinta centímetros (1,30.Mts), seis metros con setenta y cinco centímetros (6,75.Mts), un metro con ochenta y cinco centímetros (1,85.Mts), cuatro metros con treinta centímetros (4,30.Mts), cinco metros con setenta centímetros (5,70.Mts). Con el ciudadano Jaime Chirinos. OESTE: en línea de quebrada de dieciocho con veinticinco metros (18,25.Mts), seis metros con setenta centímetros (6,70.Mts), con la calle 13, María Lourdes Gallardo, Hermanos Mejías Rodriguez., estas bienhechurías consisten en: Un (1) inmueble constituido por un solo nivel, distribuido de la siguiente manera: un (1) inmueble tipo vivienda y dos (2) locales para uso comercial, procediendo de manera inmediata a identificar, alinderar y describir los mismos: EL INMUEBLE DE USO RESIDENCIAL (VIVIENDA): la distribución de sus habientes son las siguientes. Dormitorios tres (03), cocina una (1), comedor uno (1), sala una (1), baño uno (1), WC uno (1), lavamanos uno (1), ducha una (1), fregadero uno (1), porche uno (1), puertas de hierro una (1), puertas de madera cepillada tres (3), portón uno (1), rejas una (1), ventana tipo celosía tres (3), electricidad externa, techo de cañateja y platabanda, piso de cemento pulido. Y sus linderos medidas y demás determinaciones según mesura particular urbana emitida por la dirección de catastro y tierras del municipio Crespo. 130201U01006034028000001000. son las siguientes: NORTE: en línea quebrada de dos metros con cincuenta y cinco centímetros (2,55.Mts), un metro con veintitrés centímetros (1,23.Mts), cinco metros con setenta y cinco centímetros (5,75.Mts), con las ciudadanas. Mejías de gallardo María de Lourdes y Mejías Mussett Milagros Coromoto. SUR: en línea quebrada de cinco metros con setenta y cinco centímetros (5,75.Mts), un metro con treinta centímetros (1.30,Mts), ocho metros con quince centímetros (8,15.Mts), cinco metros con cincuenta y cinco centímetros (5,55.Mts), cinco metros con diez centímetros (5.10.Mts), con los ciudadanos hermanos Mejías y Chirinos Jaime. ESTE: en line a quebrada de nueve metros con cuarenta y ocho centímetros (9,48.Mts), cinco metros con cincuenta centímetros (5.50.Mts), seis metros con setenta centímetros (6.70.Mts). Con el ciudadano Chirinos Jaime. OESTE: un metro (1,00.Mts), cinco metros con setenta y cinco centímetros (5.75.Mts), siete metros con sesenta centímetros (7,60.Mts), con la calle trece (13) que sería su entrada principal. Con una superficie total de construcción de ciento treinta metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros (130,85.M2). LOCAL UNO (1). La distribución de sus habientes son los siguientes. Baño uno (1), WC uno (1), lavamanos uno (1), ducha una (1) techo de cañateja y platabanda, piso de cemento pulido, sus linderos medidas y demás determinaciones según mesura particular urbana emitida por la dirección de catastro y tierras del municipio crespo. 130201U01006034027000001000. NORTE: en línea recta de dos metros con sesenta y cinco centímetros (2,65.Mts), con la carrera seis (6) que sería su frente. SUR: en línea recta de cinco metros con setenta y cinco centímetros (5,75.Mts), con la ciudadana Mejías Mussett Milagros Coromoto. ESTE: en línea recta de ocho metros con setenta y siete centímetros (8,77.Mts), con el ciudadano Jaime chirinos. OESTE: en línea quebrada de cuatro metros con treinta centímetros (4,30.Mts), tres metros con diez centímetros (3,10.Mts), cinco metros con setenta centímetros (5,70.Mts), con la señora Mejías de Gallardo María de Lourdes. Con una superficie total de construcción de treinta y dos metros cuadrados con setenta y cinco centímetros (32,75.M2). LOCAL NUMERO DOS (2): La distribución de sus habientes son las siguientes. Baño uno (1), WC uno (1), lavamanos uno (1), ducha una (1) techo de cañateja y platabanda, piso de cerámica, sus linderos medidas y demás determinaciones según mesura particular urbana emitida por la dirección de catastro y tierras del municipio crespo. 130201U01006034029000001000. NORTE: en línea quebrada de tres metros con cuarenta centímetros (3,40.Mts) y dos metros con veinte centímetros (2,20.Mts), con la ciudadana Mejías de Gallardo María de Lourdes. SUR: en línea recta de cinco metros con setenta y cinco centímetros (5,75.Mts), con la ciudadana Mejías Mussett Milagros Coromoto. ESTE: en línea recta de siete metros con sesenta centímetros (7,60.Mts), con la ciudadana Mejías Mussett Milagros Coromoto. OESTE: en línea recta de seis metros con setenta y cinco centímetros (6,75.Mts). Con la calle 13 que sería su frente. Con una superficie total de construcción de treinta y seis metros cuadrados con ochenta y cuatro centímetros (36,84.M2). Dichas bienhechurías tiene un valor aproximado de DOSCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.200.000.000, 00).

Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos ESPINOZA DE HURTADO GRECIA EDURIMY y GUTIERREZ BETANCOURT CESAR JOSE, mayores de edad, titulares de las cédulas N° V-15.177.471 y V-9.629.813, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MEJIAS MUSSETT MILAGROS COROMOTO, antes identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente decreto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
El Juez,

Abg. Richard Alexander Valera Quevedo
La Secretaria Acc.,

Maryluz López Pérez



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