REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR. -
CIUDAD PIAR, 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2.019
209° Y 160°
Solicitud N° 144-2016
(Separación de Cuerpos)
Revisada como han sido la presente causa de Separación de Cuerpos, interpuestos por los Ciudadanos HUMBERTO JOSE JIMENEZ RODRIGUEZ Y ELIZABETH MENDOZA REBOLLEDO, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges, de este domicilio, titulares de la Cedula de Identidad N° V-10.885.400 y V-9.492.366, respectivamente, este tribunal observa que la misma fue admitida en fecha de 09-08-2016, y habiendo transcurrido más de 2 años, hasta la presente fecha, sin que las partes impulsaran la misma, prolongándose la inactividad de la causa, lo cual puede obedecer a diferentes hipótesis tales como la reconciliación de las partes, el fallecimiento de uno o ambos cónyuges, el divorcio por un procedimiento contencioso o simplemente la Separación sin formalización legal, situaciones estas que hacen permanecer en expectativas de la activación de la causa sin que se manifieste algún interés de las partes; lo que ocasiona que el expediente se encuentre ocupando lugar en el archivo del Tribunal, así como la estadísticas sin justificación, lo que conduce a concluir que las partes no tienen interés procesal o han abandonado la causa.-
En razón de lo expuesto este Tribunal acuerda dar por TERMINADA la presente causa, y ordena la remisión del expediente al archivo judicial. -
LA JUEZ
DRA. PAGUIRMA BARRIOS
EL SECRETARIO
ABG. JAVIER DUERTO