REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis (06) de noviembre de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

ASUNTO: KP02-S-2019-001746

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano OLINTO JOSE REA GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.250.228, debidamente asistido por la abogada SULLY PATRICIA SUAREZ MENDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 231.102 y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un terreno EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante el ciudadano OLINTO JOSE REA GALINDEZ, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZA SUPLENTE,


ABG. MARIA EMILIA RODRIGUEZ
EL SECRETARIO TEMP,


LEWIS CARRASCO RANGEL







MER/LCR/JAFB.-
ASIENTO DEL LIBRO DIARIO: _______