REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, Miércoles veintidós (22) de mayo de 2019.
Año: 207º y 160º

ASUNTO: KP02-L-2015-000772.
PARTE DEMANDANTE: NEUDO JOSE OROPEZA MENDOZA venezolano , mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.648.834

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: JAVIER RODRIGUEZ Y DIVIANA COLOMBO inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 116.324 y 242.917 respectivamente

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL CERVECERIA REGIONAL C.A

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:MARISABEL CHIQUITO LUQUE inscrita en el Ipsa bajo el Nro. 59.983

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

CALCULOS PARA LA ACTUALIZACION DE LA EXPERTICIA
Tomando en cuenta que la parte demandante representada por el Abg JAVIER JOSE RODRIGUEZ MARCHAN ampliamente identificado en autos, solicita la indexación judicial e intereses moratorios que en forma provisional le correspondan al demandante hasta que el Banco Central de Venezuela publique los I.N.P.C. (folio 148) , así como también la parte demandada representada por la Abg. FABIOLA DORANTE LAGOS ampliamente identificada en autos, solicita la experticia del presente asunto (folio 150), por lo que esta Juzgadora pasa a elaborar los cálculos de la actualización de la experticia complementaria de la sentencia de fecha DIECISEIS (16) de marzo de 2017, la cual riela en los folios 82 al 97 de la pieza 3 del presente expediente.
DEL CALCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS

El ciudadano NEUDO JOSE OROPEZA , desde el 15/05/2015 hasta el 20-/05/2019


- Total Intereses calculados desde 15/05/2015 hasta el 20/05/2019
Resultado: Setenta y siete con 53/100 (Bs.77,53)

INDEXACIÓN JUDICIAL
Debo señalar que la sentencia de fecha 16-03-2017 en su contenido expresa con respecto a este concepto será en virtud de lo que establezca el Banco Central de Venezuela en Gaceta Oficial los Indicadores Nacional de Precios al Consumidor (INPC)




CALCULO DE AJUSTE POR INFLACION: DEL MONTO A INDEXAR
Debe calcularse desde la fecha de la notificación practicada en el proceso (16-07-2015)





INDICE A UTILIZAR PARA EL CÁLCULO DE LA CORRECION MONETARIA O AJUSTE POR INFLACION

FORMULA PARA DETERMINAR LA BASE DE CÁLCULO Y EL FACTOR DE CORRECCION

Valoración porcentual del Índice de Precios =Índice Final / Índice Inicial

Se aplicó el último INPC publicado por el Banco Central de Venezuela, Diciembre 2015, a continuación tabla de INPC aplicada..

- El calculo de Ajuste por inflación no se puedo realizar debido a que el ultimo IPC aplicado o Publicado el Banco Central de Venezuela es el de Diciembre de 2015 en lo cual el factor de Corrección es Uno (1), por lo tanto no se puede realizar los ajuste de los siguiente año 2015,

RESUMEN DEL INFORME DE LA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO
El Informe sobre la Experticia Complementaria del Fallo en la demanda interpuesta por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano NEUDO JOSE OROPEZA MENDOZA contra la parte demandada, CERVECERIA REGIONAL, C.A, arroja un resultado por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos a la demandante al 20/05/2019, por la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS CON SESENTA Y OCHO, BOLIVARES CON 68/100 CENTIMOS (Bs.S.162,68), en la cual se realizo ajuste del años 2015, por cuanto el Banco Central de Venezuela no ha publicado hasta la fecha los IPC del año 2015 .
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dictada en Barquisimeto, estado Lara, el 22 de mayo de 2019. Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del art 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del tribunal así como la publicación de la misma en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.



LA JUEZ

ABOG HILMARI GARCIA PADILLA


La Secretaria


Abg MARIANI CASTILLO


Nota: En esta misma fecha , siendo las 10:00 am se dictó y publicó la presente decisión.


La Secretaria


Abg MARIANI CASTILLO