ASUNTO: KP02-F-2018-980
DEMANDANTE: Maria Yudith Velez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.349.560.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Virginia del Carmen Peña Ramírez, Inpreabogado Nº 74.423.
DEMANDADO: Hely Gerardo Gallardo Pacheco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.316.877.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.
Vista la TRANSACCIÓN, efectuada por la Abogada Virginia del Carmen Peña Ramírez, arriba identificada, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, por una parte, y por la otra, el ciudadano Hely Gerardo Gallardo Pacheco, antes identificado, asistido por el Abogado Frank Reinaldo Román Cañizalez, Inpreabogado Nº 63.670, las partes intervinientes en el presente juicio, en fecha 04/02/2019 y el escrito de ratificación de transacción de fecha 26/02/2019; y por cuanto lo acordado no violenta el orden público ni versa sobre materias para cuyo tratamiento estén prohibidas las transacciones y disponiendo las partes de la capacidad suficiente para transar en el presente juicio y así ponerle fin al mismo, se le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN. En consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.
La Juez Provisoria,
Abg. Milagro de Jesús Vargas
El Secretario Temporal,
Abg. Elías Abrahán Pérez
MJV/ihp.-
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