REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
Vista la Sentencia Condenatoria de fecha 02 de Noviembre de 2017, la cual corre inserta en el folio Ciento Uno (101) al Ciento Cuatro (104), de la causa N° CJPM-TM20C-034-2017, la cual fue dictada por Tribunal Militar Vigesimo de Control con sede en San Juan de los Morros , Estado Guarico, quedando definitivamente firme en fecha 29 de Diembre de 2017, la cual corre inserta en el folio Ciento Quince (115) al folio Ciento Dieciseis (116) de la pieza unica, mediante la cual se condenó al Penado: CNEL RAFAEL ANTONIO BENDAHAM COUTINHO, Titular de la Cedula de Identidad nro. V-6.870.699, Venezolano, Estado Civil Casado, Residenciado en Urbanizacion llano alto, Calle Uribante casa Nro 383. Capanaparo, Municipio San Fernando. Parroquia San Fernando. Estado Apure, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, tipificado en el artículo 519 en coconrdada relación con el Articulo 520 y CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el Articulo 565. Todos del Código Orgánico de Justicia Militar; En virtud de la acusación formulada por el Fiscal Militar con Competencia Nacional