REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte (20) de junio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

ASUNTO: KP02-S-2016-006635

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus LIONCIO MARIA PEROZO, quien en vida fuese venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-3.459.149, y falleciera ab intestato el día 01 de Diciembre de 2015, a favor de los ciudadanos MARIA CHIQUINQUIRA ALMO, ALEXANDER RAFAEL PEROZO ALMAO, MARIA ALEJANDRA PEROZO ALMAO, ALEXIRAN MARGARITA PEROZO ALMAO y ALEJANDRO ENRIQUE PEROZO ALMAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.383.890, V-12.698.412, V-14.591.120, V-17.378.450, V-18.057.168, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ PROVISORIA,


ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
EL SECRETARIO TEMP,


LEWIS CARRASCO RANGEL


DJPB/LCR/KGVG.-
ASIENTO LIBRO DIARIO:___________