REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 10 de Julio de 2019
Años: 208º y 160º

SOLICITUD: 101-2019

Vista la declaración rendida en fecha 08/07/2019 por la ciudadana: DORANTE (viuda) DE PEROZO ROSA MIGUELINA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V- 3.855.386, este Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil, 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Instrumento Privado producido al efecto por el solicitante, ciudadano: PEROZO DORANTE, MARILUZ COROMOTO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.398.656, de este domicilio, asistida por el Abg. JOSE ELIAS FEO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 19.199, que corre inserto al folio dos (02) frente de las presentes actuaciones, el cual versa sobre la cesión de unas bienhechurías con sus mejoras e instalaciones, amparado por título supletorio emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, solicitud: KPO2-S-2006-2560, de fecha 15 de Noviembre de 2006, inscrito en el Registro Público del Municipio Palavecino, inserto bajo en N° 4, Folio 9, Tomo 12 del Protocolo de Transcripción de fecha 15 de Julio de 2010; que versa sobre unas bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno municipal, ubicadas en La Piedad, calle 3 entre 2 y 3 casa S/N, Parroquia José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, signada con el código catastral N° 13–06–02–000–009–010–010–000-000-000, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 44,07 L.Q mts, con parcela ocupada por la señora Cirila; SUR: en línea de 54,40 L.Q mts, con parcela ocupada por Eudelio Hernández, Familia Loyo Perozo; ESTE: en línea de 18,55 mts, con la calle 3 que su frente; OESTE: en línea de 7,12 mts, con Calle El Estadium. El contrato en cuestión, fue celebrado entre los ciudadanos: DORANTE DE PEROZO ROSA MIGUELINA y PEROZO DORANTE, MARILUZ COROMOTO, ya identificados. Devuélvase lo actuado en original al solicitante, previa constancia que de ello se deje en el Libro Diario del Despacho. Cúmplase.-
El Juez: La Secretaria Acc:

Abg. Richard Alexander Valera Q. Maryluz López Pérez.

RAVQ/mlp