REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veintisiete (27) de Febrero de dos mil diecinueve
208º y 160º

ASUNTO: KP02-S-2018-004302
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana MARIA AURORA BARRIOS DE ARRIECHE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.246.930, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: JOSE ALEXANDER RODRIGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 160.088, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías construidas de paredes de bloque, piso de baldosas, techo de platabanda, puertas y ventanas de metal, constantes de un porche, una sala, una cocina con empotrado de concreto armado con cerámica, un comedor, dos habitaciones con closet, tres baños, un lavadero, un garaje, cercada de paredes de bloques y un portón corredizo de metal, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, ubicado en la calle 41 esquina de la carrera 12, a 50,12 metros del eje de la calle 41, Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyas medidas y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: MARIA AURORA BARRIOS DE ARRIECHE, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los VEINTISIETE (27) DIAS DEL MES FEBRERO DE DEL AÑO 2019. Años: 208° y 160º.
La Juez Temporal,

Abg. Josmery Enid Parra de Montes La Secretaria Suplente,

Abg. Lucila Suarez Alvarado

JEPdM/LSA/js