REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte (20) de Febrero de dos mil diecinueve
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-004267

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por las ciudadanas: LEYDA COROMOTO MONTERO y WILMA PASTORA MONTERO DE OVIEDO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad nro.: V- 7.317.833 y V-7.317.834, asistida en este acto, por el Abogado en Ejercicio: Cesar Augusto Flores Suarez, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 117.618, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías que constan de sala de recibo, sal de comedor, un baño, tres habitaciones, área de jardín, una ventana de estructura de marco de hierro , solar y servicios públicos construida con paredes de bloque, piso rústico de cemento y techo de acerolit; las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO ubicado en la calle 60 entre carreras 11 y 12, casa N° 11-57, Barrio Nuevo, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyas medidas y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de las solicitantes ciudadanas: LEYDA COROMOTO MONTERO y WILMA PASTORA MONTERO DE OVIEDO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los VEINTE (20) DIAS DEL MES FEBRERO DE DEL AÑO 2019. Años: 208° y 159º.
La Juez Temporal,

Abg. Josmery Enid Parra De Montes.
La Secretaria Suplente,

Abg. Lucila Suarez Alvarado.
JEPM/LSA/AJG