REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 25 de Enero de 2019
AÑOS: 208º y 159º

Vista la solicitud presentada por el ciudadano GONZALEZ CASTAÑEDA, YUSNIEL, de nacionalidad Cubana, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° E-84.608.896, de este domicilio, asistido por los abogados en ejercicio ADOLFO ANTONIO PACHECO RODRIGUEZ y ASSIL WAIZAANI ALI, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nº 222.955 y 265.132, respectivamente. Désele entrada en el Libro de Solicitudes; éste Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil, 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Instrumento Privado producido al efecto por el solicitante, plenamente identificado en autos, que corre inserto a los folios 2 y 3 de las presentes actuaciones, que trata sobre la cesión por permuta de un terreno ubicado en el Sector Vista Alegre, Asentamiento Campesino Carbonero, Parroquia El Guayabo, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, cuya descripción, identificación y demás especificaciones se señalan en dicho instrumento, celebrado entre los ciudadanos BRAVO GONZALEZ, CARLOS JOSE y GONZALEZ CASTAÑEDA, YUSNIEL, ya identificados. Devuélvase lo actuado original a la solicitante, previa constancia que de ello se deje en el Libro Diario del Despacho. Cúmplase.-
El Juez,

Abg. Richard Alexander Valera Quevedo.
La Secretaria Acc.,

Maryluz López Pérez.
Seguidamente se le dio entrada bajo el N° 008-2019.-
La Secretaria Acc.,

Maryluz López Pérez.
RAVQ/mlp