REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de enero de dos mil diecinueve
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2017-005199
SOLICITANTE: MARISELA MARIA SILVA DE GIFFONI Y ANDYS AMAIR GIFFONI MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V- 16.585.082 y V- 14.292.838, de este domicilio.

ABOGADO: JUAN QUERALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 199.876.

Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 26/09/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por los ciudadanos MARISELA MARIA SILVA DE GIFFONI Y ANDYS AMAIR GIFFONI MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V- 16.585.082 y V- 14.292.838, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN QUERALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 199.876. donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente, TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (392 Mts2) y con área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (154 MTS2), ubicado en la carrera 6 entre calles 5 y 6 casa N° 20, Barrio el Carmen, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con bienhechurías ocupadas por Yenni Figueroa; SUR: Con bienhechurías ocupadas Euclecia Mujica; ESTE: Con bienhechurías ocupadas por Pedro Vargas; y OESTE: Con bienhechurías ocupadas por Wilmer Santiago. Con sus linderos particulares los cuales son los siguientes: NORTE: Con pared norte de la vivienda; SUR: Con escalera de acceso hacia la vivienda; ESTE: Con pared Este de la vivienda; OESTE: Con porche de la vivienda. TECHO: techo de platabanda de la vivienda. PISO: Techo de platabanda de la vivienda de la ciudadana Crisbel Andreina Silva. Dichas bienhechuría están constituidas por un apartamento, de tres habitaciones, porche, sala, cocina, comedor, dos baños, posee todo los servicios públicos. Las cuales tienen un valor de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. S. 30.000.000,00) o en su equivalencia al nuevo cono monetario TRECIENTOS BOLIVARES SOBERANOS (300,00 Bs S).

En fecha 27/09/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 28/11/2018; Vista la designación de la abogada Josmery Enid Parra de Montes, como Juez Suplente del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° CJ-16-0810, se aboca al conocimiento de la solicitud, de conformidad con el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil con el entendido que continúan transcurriendo los lapsos de ley. Cúmplase.

En fecha 28/11/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como ANA KARINA TORREALBA RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolana, cedula de identidad N° V- 18.261.818 y a ROSA MARIA RODRIGUEZ PAES, mayor de edad, venezolano, cedula de identidad N° V- 7.448.085.

En fecha 13/12/2018; A los fines de pronunciarse este Tribunal o no sobre el decreto de Titulo Supletorio, se insta los solicitantes a consignar copia de la cedula de identidad de la ciudadana Crisbel Andreina Silva González, al igual que copia certificada u original del documento de propiedad, y una autorización específica sobre la construcción sobre el techo de platabanda de la vivienda antes descrita en la solicitud de esta misma.

En fecha 22/01/2019; se recibe diligencia presentada por la ciudadana Mariasela María Silva de Giffoni, titular de la de cedula de identidad N° V-16.585.058, en la cual consigna autorización de construcción de vivienda, y donde hace aclaratoria de la cualidad del terreno.

En fecha 24/01/2019; Vista la designación de la Abogada Betvicmil Juliet Pérez Zambrano, como Juez Suplente del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia mediante oficio N° TSJ/CJ/2011/2015, se aboca al conocimiento de la presente solicitud, de conformidad con el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Vista la diligencia presentada en fecha 22/01/2019, por la ciudadana MARISELA MARÍA SILVA DE GIFFONI, se ordena agregar a los autos.

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos MARISELA MARIA SILVA DE GIFFONI Y ANDYS AMAIR GIFFONI MENDOZA, ya identificados, asistidos por el abogado JUAN QUERALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 199.876, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 31 DIAS DEL MES ENERO DEL AÑO 2019. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente

Abg. Betvicmil Juliet Pérez Zambrano

La Secretaria Suplente

Abg. Isbelys Sánchez