REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR QUINTO DE EJECUCIÓN














CAUSA Nº CJPM-TM5ES-029-16.

AUTO ACORDANDO COMISION AL TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, (CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA)

JUEZ MILITAR: CORNELA CARMEN LUCIA SALAZAR ROMERO
SECRETARIO JUDICIAL: PRIMER TENIENTE MOISÉS EDUARDO MARTÍNEZ CEDEÑO.
ALGUACIL: SARGENTO AYUNDANTE CESAR ARGENIS RONDON
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PENADO: PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174.

DELITO:





PENA: DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, y ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537, concatenado con el artículo 389 ordinal 1 y 390 ordinal 1 en el grado de autor, todos del Código Orgánico de Justicia Militar.

TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecida en los numerales 1 y 2 del artículo 407.


FISCAL MILITAR: CAPITAN KARELYS NUÑEZ PUERTA, titular de la cedula de identidad N° 16.648.978, Inpreabogado N° 132.379, Fiscal Militar Cuadragésimo Primero (41), con sede en Cuidad Bolívar, Estado Bolívar.
DEFENSORA
PUBLICA MILITAR: ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Público Militar.
Vista y analizada la solicitud formulada por la ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Público Militar, con domicilio procesal en Maturín, Estado Monagas del penado
PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174, residenciado en Ciudad Socialista Sector la Mora, Apto. No. 102, planta baja, Manzana 05, La Victoria, Estado Aragua; plaza para el momento de los hechos de la 59 Brigada de Defensa Aérea, Estado Bolívar, condenado a cumplir una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecida en los numerales 1 y 2 del artículo 407, por la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en él artículo 520, y ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537, concatenado con el artículo 389 ordinal 1 y 390 ordinal 1en el grado de autor, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; mediante la cual solicita la posibilidad de Comisionar o Exhortar al Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, con sede en Maracay, Estado, Aragua, más cercano a su domicilio, en virtud que la defensa manifiesta “…Debido a que mi defendido cursará Estudios en el SEBIN, de esa Localidad, los cuales demandan tiempo completo…”; en consecuencia, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, amparado en lo preceptuado en los artículos 26 Y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 12 y 21 del Código de Procedimiento Civil y artículo 471, cardinal 1 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por mandato expreso de los artículos 20 y 592, del Código Orgánico de Justicia Militar, considera procedente, por no ser contraria a derecho y en resguardo de sus derechos Constitucionales; decreta los siguientes pronunciamientos PRIMERO: ACORDÓ CON LUGAR la solicitud realizada por la ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Público Militar, con domicilio procesal en Maturín, Estado Monagas, con domicilio procesal en Maturín, Estado Monagas del penado PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174, relacionado a cumplir las presentaciones por ante el Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, con sede en Maracay, Estado, Aragua, y COMISIONÓ AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE al CAPITAN DE CORBETA LUNAR PEDRO, Juez del Tribunal Militar Segundo de Ejecución; con la finalidad que asuma la vigilancia y control del Régimen de Prueba de (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTE (20) DIAS; impuesto por este Tribunal Militar en fecha VEINTISIETE (27) DE JUNIO DEL AÑO 2017, y hasta el día 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2020, con presentaciones periódicas cada noventa (90) días específicamente los días veinte (20) cada tres (03) meses; asimismo referido Tribunal de Ejecución deberá imponer al prenombrado penado de la presente COMISIÓN y remitir las resultas a este Tribunal e informar el incumplimiento de las presentaciones del mencionado sud judice en tal caso; y una vez finalizada el cumplimiento de las obligaciones impuestas por este Tribunal Militar, devolver la referida comisión a los fines de otorgarle la libertad plena por cumplimiento de la misma, SEGUNDO: Notifíquese a las partes, líbrese la correspondiente Comisión al referido Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, con sede en Maracay, Estado, Aragua, y háganse las participaciones de ley. ASÍ SE DECLARA.


DISPOSITIVA:


Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias con sede en Maturín, Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley y de confirmad con los artículos 26 Y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 12 y 21 del Código de Procedimiento Civil y artículo 471, cardinal 1 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por mandato expreso de los artículos 20 y 592, del Código Orgánico de Justicia, realizo los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACORDÓ CON LUGAR la solicitud realizada por la ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Público Militar, con domicilio procesal en Maturín, Estado Monagas, con domicilio procesal en Maturín, Estado Monagas del penado PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174, residenciado en Ciudad Socialista Sector la Mora, Apto. No. 102, planta baja, Manzana 05, La Victoria, Estado Aragua; plaza para el momento de los hechos de la 59 Brigada de Defensa Aérea, Estado Bolívar, condenado a cumplir una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecida en los numerales 1 y 2 del artículo 407, por la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en él artículo 520, y ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537, concatenado con el artículo 389 ordinal 1 y 390 ordinal 1en el grado de autor, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; relacionado a cumplir las presentaciones por ante el Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, con sede en Maracay, Estado, Aragua, y COMISIONÓ AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE al CAPITAN DE CORBETA LUNAR PEDRO, Juez del Tribunal Militar Segundo de Ejecución; con la finalidad que asuma la vigilancia y control del Régimen de Prueba de (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTE (20) DIAS, impuesto por este Tribunal Militar en fecha VEINTISIETE (27) DE JUNIO DEL AÑO 2017, y hasta el día 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2020, con presentaciones periódicas cada noventa (90) días específicamente los días veinte (20) cada tres (03) meses; asimismo referido Tribunal de Ejecución deberá imponer al prenombrado penado de la presente COMISIÓN y remitir las resultas a este Tribunal e informar el incumplimiento de las presentaciones del mencionado sud judice en tal caso; y una vez finalizada el cumplimiento de las obligaciones impuestas por este Tribunal Militar, devolver la referida comisión a los fines de otorgarle la libertad plena por cumplimiento de la misma, SEGUNDO: Notifíquese a las partes, líbrese la correspondiente Comisión al referido Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, con sede en Maracay, Estado, Aragua, y háganse las participaciones de ley. HAGASE COMO SE ORDENA. LA JUEZA MILITAR, (FDO) CARMEN LUCIA SALAZAR ROMERO, CORONELA, EL SECRETARIO JUDICIAL, (FDO) MOISES EDUARDO MARTINEZ CEDEÑO, PRIMER TENIENTE. Quien suscribe PRIMER TENIENTE MOISES EDUARDO MARTINEZ CEDEÑO, Secretario Judicial del Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, por medio de la presente Certifica: Que las presentes copias, son traslado fiel y exacto de su original que aparece en la CAUSA NRO. CJPM-TM5ES-029-16.


EL SECRETARIO JUDICIAL,

MOISES EDUARDO MARTINEZ CEDEÑO
PRIMER TENIENTE