REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 06 de Diciembre de dos mil diecinueve
209º y 160º

ASUNTO: KP02-S-2019-002509
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos PABLO ENRIQUE GONZALEZ VALERA E ILIANA MARIA DE ABREU GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.435.831 y V-13.786.291, respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado en Ejercicio BERNARDO ANTONIO MATHEUS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 108.954, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, ubicado en la Carrera 25 entre Calles 40 y 41, distinguido con el N° 40-17, Código Catastral 13-03-02-U01-202-2640-005-000, Municipio Iribarren del Estado Lara, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos PABLO ENRIQUE GONZALEZ VALERA E ILIANA MARIA DE ABREU GOMEZ, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
La Juez Provisorio,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza
El Secretario,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández


MSLP/Jalvarado/mfqa.-