REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

Vista la Sentencia Condenatoria de fecha 05 de Febrero de 2019, la cual corre inserta en el folio veite (20) al folio veintiocho (28) de la causa N° CJPM-TM19C-089-2018, la cual fue dictada por Tribunal Militar Décimo Noveno de Control con sede en Barinitas, Estado Barinas, quedando definitivamente firme en fecha 11 de Febrero de 2019, la cual corre inserta en el folio veintinueve (29) de la compulsa, mediante la cual se condenó a los penados: PRIMER TENIENTE RICARDO ANTONIO PEREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V -18.068.903, PRIMER TENIENTE YAZMEL ACASIO QUINTANA CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.881.484 y la TENIENTE VERONICA MILAGRO ZAPATA, titular de la cédula de identidad N° V.- 24.653.972, quienes fueron condenados a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DIEZ (10) MESES, DIEZ(10) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS DE PRISION, por la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el Articulo 519 y sancionado en el Articulo 520 segundo aparte, ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en el articulo 534 primer aparte y SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el Articulo 570 Ordinal 1°, Todos del Código Orgánico de Justicia Militar, más las penas acessorias. 1)Inhabilitación Política por el tiempo de la pena. 2) Separación del Servicio Activo y 3) perdida de derecho a premio; en virtud de la acusación formulada por el Fiscal Militar quincuagésimo Cuarto con Competencia Nacional. ESTE TRIBUNAL MILITAR SEPTIMO DE EJECUCION DE SENTENCIAS, PROCEDE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 69, 471 Y 474 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, A EJECUTAR LA REFERIDA SENTENCIA CONDENATORIA Y EN CONSECUENCIA, REALIZAR EL CÓMPUTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y SUS BENEFICIOS PROCESALES DE LEY