REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de octubre de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-000899
SOLICITANTE: YALITZA MERCEES BAEZ YUSTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.620.763, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: TOMAS COLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°27.350.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 16/03/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de la ciudadana YALITZA MERCEES BAEZ YUSTIZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.620.763, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio TOMAS COLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°27.350, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente VEINTITRES METROS (23mts) de largo, por DIEZ (10mts) de ancho, ubicadas en el Barrio Los Pocitos, Sector2, Manzana “V”, Carrera 5, Casa # 77, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con terrenos que son o fueron de la ciudadana María Colmenares; SUR: Con carrera 5, el cual es su frente, ESTE: Con terrenos que son o fueron de la ciudadana Aida Cordoba y; OESTE: Con terrenos son o fueron de la ciudadana Dominga Altuve. Dichas bienhechuría están constituida por: Por paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento, consta de dos habitaciones, cocina, comedor, una sala de recibo, un baño, porche, posee servicios de agua y luz, así como también árboles frutales, las cuales tienen un valor de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000,00) o en su equivalencia al nuevo cono monetario (80,00 Bs.S) OCHENTA BOLIVARES SOBERANOS.

En fecha 19/03/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 10/10/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como FICHER JOSE CRESPO FONSECA mayor de edad venezolana, mayor de edad cedula de identidad N°V-6.451.817 y a ILINKA ERIKA ROJAS SUAREZ, mayor de edad venezolano cedula de identidad N° V- 14.031.804.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de al ciudadana YALITZA MERCEDES BAEZ YUSTIZ ya identificado, asistido por el Abogado en ejercicio TOMAS COLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°27.350,sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 26 DIAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente


Abg. Josmery E Parra De Montes
La Secretaria Suplente


Abg. Isbelys Sánchez