REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Septimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de octubre de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: KP02-S-2018-002056
SOLICITANTE: HERNAN AUGUSTO GONZALEZ VALERA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.849.887 de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: RAUL ANTONIO COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°15.543.
Motivo: TITULO SUPLETORIO.
En fecha 12/06/2018 se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana HERNAN AUGUSTO GONZALEZ VALERA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.849.887 de este domicilio.
de este domicilio debidamente asistido por el abogado en ejercicio : RAUL ANTONIO COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°15.543 donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente NOVENTA Y UN METRO CON SEIS CENTIMETROS CUADREADOS (91.96MTS2) ubicado En LA Calle 60, entre Carreras 11 y 12, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de Siete metros (7mts) con Callejón 18, que es su frente; SUR: Con terrenos ocupado por Juan Castellanos Gordillo; ESTE: Con Avenida Maracaibo y ; OESTE: con terrenos ocupado por Juan Castellano Gordillo. Dichas bienhechuría están constituida por: Una (01) vivienda construida con paredes de bloques, baño, Dos (02) habitaciones, Una (01) sala recibo, Un (01) baño, Una (01) cocina, lavadero, piso de cemento pulido, techo acerolit y zinc, garaje, lavadero. Dichas bienhechurías que construido a mi propia y única expensas y con dinero de mi propio peculio las cuales tienen un valor de CINCO MIL MILLONES DE BOLIVARES (5.000.000.000,00BS).
En fecha 21/06/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.
En fecha 01 /08/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: José Leonardo Vargas Pérez mayor de edad venezolano cedula de identidad N°V113.867.759 y Luis Fernando Vargas Pérez mayor de edad venezolana cedula de identidad N° V-18.922.195.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana HERNAN AUGUSTO GONZALEZ VALERA ya identificado, asistido por el Abogado en ejercicio: RAUL ANTONIO COLMENAREZ , inscrito en el Inpreabogado bajo el N°15.543, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 11 DIAS DE OCTUBRE DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La juez suplente
Josmery Enid Parra de Montes
La secretaria
Anais Torrealba
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