REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.

Ciudad Bolívar, 03 de octubre de 2018
208º y 159º

ASUNTO: FP02-H-2018-000158
RESOLUCION Nº PJ0832018000436


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por INSTITUCIONES FAMILIARES (RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR), de fecha dieciocho 24 de septiembre del año 2018, presentado por la ABOG. YAJAIRA GIANNASTTASIO, actuando con el carácter Fiscal Séptimo Auxiliar Interino en la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Ciudad Bolívar, mediante la cual presenta el convenimiento celebrado entre los ciudadanos: JUAN JOSE URBINA APONTE Y LEYDI ESPERANZA DIAZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-28.598.867 y V.- 27.940.595, respectivamente, en beneficio del niño: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de tres (03) años de edad, quien nació el veintiséis (26) de marzo del año 2015; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-



ABOG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.-



ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ
Secretaria de Sala.-

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ
Secretaria de Sala.-