REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Maracay, 05 de octubre de 2018
207° y158°
CAUSA No. CJPM-TM2ES-046-2018
CAUSA No. CJPM-TM8C-021-2018.
PENADO: MIQUEAS NABIL PEREZ CELIS
C.I. No: V-12.451.315
DELITO: USO INDEBIDO DE UNIFORMES, INSIGNIAS, CONDECORACIONES O TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar.
PENA: CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE ARRESTO
FISCAL MILITAR: TENIENTE EDGAR GONZALEZ GONZALEZ, Fiscal Militar Con Competencia Nacional
DEFENSOR: TENIENTE JAVIER JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ, DefensorPúblico Militar.
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA CONDENATORIA
Vista la Sentencia Condenatoria de fecha06 de juliode 2018, la cual corre inserta del foliocincuenta y uno (51) al cincuenta y cinco (55)de la pieza única, de la causa N° CJPM-TM8C-021-2018, la cual fue dictada por el Tribunal Militar Octavode Control con sede en Puerto Ayacucho estado Amazona, quedando definitivamente firme el día 20 de julio de 2018, la cual corre inserta en el folio cincuenta y seis(56),mediante la cual condenó al ciudadano:MIQUEAS NABIL PEREZ CELIS , titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.451.315, quien fue condenado por el referido Tribunal Militar a una pena de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE ARRESTO, por ser autor de la comisión del delito militar de USO INDEBIDO DE UNIFORMES, INSIGNIAS, CONDECORACIONES O TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar. ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, PROCEDE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 69, 471 Y 474 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, A EJECUTAR LA REFERIDA SENTENCIA CONDENATORIA Y EN CONSECUENCIA, REALIZAR EL CÓMPUTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y SUS BENEFICIOS PROCESALES DE LEY, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: Así tenemos, que el Tribunal Militar Octavo de Control con sede en Puerto Ayacucho estado Amazona, dictó Sentencia Condenatoria de fecha 06 de julio de 2018, la cual corre inserta del folio cincuenta y uno (51) al cincuenta y cinco (55) de la pieza única, de la causa N° CJPM-TM8C-021-2018, de dicho contenido se extrae:
“…De conformidad con el artículo 313 numeral 6 y articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal y vista la admisión de los hechos efectuada en audiencia preliminar por el acusado MIQUEAS NABIL PEREZ CELIS , titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.451.315, quien fue condenado por el referido Tribunal Militar a una pena de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE ARRESTO, por ser autor de la comisión del delito militar de USO INDEBIDO DE UNIFORMES, INSIGNIAS, CONDECORACIONES O TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar…”
Ahora bien, en virtud de las facultades conferidas a este Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias por disposición de lo establecido en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, considera ajustado a derecho que el penado continúe con una Medida Restrictiva de Libertad, presentaciones cada treinta (30) días, ante la Secretaria de este Órgano Jurisdiccional). No obstante, este Tribunal como garante del Estado para el cumplimiento del fallo emitido y, a fin de asegurar el sometimiento del penado a las resultas del proceso que se le sigue, ahora en fase de ejecución, ordena someter al condenado de autos a: PRIMERO:Régimen de Presentaciones cada Treinta (30) días a partir de la presente fecha, por ante la Secretaria Judicial de este Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias, hasta tanto, se reciban las resultas del PRONÓSTICO DE CLASIFICACIÓN MÍNIMA DE SEGURIDAD DEL PENADO RESPECTIVAMENTE, emanado de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Ministerio del Poder Popular para los Servicios Penitenciarios de Caracas, Distrito Capital, y, de ser favorable, emita el Auto donde se le otorgue el Beneficio Procesal correspondiente. SEGUNDO: El referido penado no podrá ausentarse de la jurisdicción de este Tribunal Militar, que comprende los Estados: Miranda, Vargas, Aragua, Carabobo, Yaracuy, Dependencias Federales, Mar territorial, Islas que se Forman o Aparezcan en el Mar Territorial o Plataforma Continental. En la zona Marítima Contigua y Espacio Aéreo, sujeto a la Soberanía Nacional.TERCERO:Prohibición de salida del País durante el cumplimiento de la Condena. Y ASÍ SE DECIDE.
DEL CÓMPUTO DE LA PENA
En orden a lo dispuesto en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal tenemos que; el ciudadano penado:ciudadano: MIQUEAS NABIL PEREZ CELIS , titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.451.315, quien fue condenado por el referido Tribunal Militar a una pena de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE ARRESTO, por ser autor de la comisión del delito militar de USO INDEBIDO DE UNIFORMES, INSIGNIAS, CONDECORACIONES O TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar,lográndose evidenciar que el penado fue privado de su libertad desde el 26 de abril de 2018, como consta en Imposición de Derechos del Imputado, cursante en el folio seis (06), hasta el 06 de julio de 2018, como consta en Auto de Audiencia Preliminar, emitida por el Tribunal Militar Octavo de Control, cursante desde el folio cincuenta y uno (51), al cincuenta y cinco (55)que fue puesto en libertad lo que se puede evidenciar que estuvo detenido DOS(02) MESES Y TRECE(13) DIAS, tiempo que deberá descontarse de la pena a cumplir. Por lo tanto, en el caso que nos ocupa, una vez recibida la referida causa, procedió a EJECUTAR dicha sentencia en fecha 05 de octubre de 2018, según las atribuciones establecidas en el artículo 471 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal y visto que el ciudadano aquí señalado,ya cumplió con la pena impuesta por el referido Tribunal, estando privado de libertad este ÓrganoJurisdiccionalde conformidad con lo dispuesto en el artículo 443 numeral 2° del Código Orgánico de Justicia Militar en concordada relación con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, así como lo establecido en los artículos 69, y 471 cardinal 1, del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por mandato expreso de los artículos 20 y 592 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar,ORDENA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA. YASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CON SEDE EN MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Queda EJECUTADA la Sentencia Condenatoria de fecha 06 de julio de 2018, la cual corre inserta del folio cincuenta y uno (51) al cincuenta y cinco (55) de la pieza única, de la causa N° CJPM-TM8C-021-2018, la cual fue dictada por el Tribunal Militar Octavo de Control con sede en Puerto Ayacucho estado Amazona, quedando definitivamente firme el día 20 de julio de 2018, la cual corre inserta en el folio cincuenta y seis (56),mediante la cual condenó al ciudadano: MIQUEAS NABIL PEREZ CELIS , titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.451.315, por ser autor de la comisión del delito militar de USO INDEBIDO DE UNIFORMES, INSIGNIAS, CONDECORACIONES O TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar, visto que el ciudadano aquí señalado, ya cumplió con la pena impuesta por el referido Tribunal, estando privado de libertad este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 443 numeral 2° del Código Orgánico de Justicia Militar en concordada relación con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, así como lo establecido en los artículos 69, y 471 cardinal 1, del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por mandato expreso de los artículos 20 y 592 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, ORDENA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA. HÁGASE COMO SE ORDENA.