REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de noviembre de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: KP02-S-2018-003362
SOLICITANTE: ANDARA MALVACIA JHONNY RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.652.829, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: YONNY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°226.792.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 04/10/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por el ciudadano ANDARA MALVACIA JHONNY RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.652.829, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio YONNY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°226.792, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente NUEVE METROS (09 MTS) DE ANCHO POR CUARENTA Y UNO METROS DE LARGO (41 MTS) EQUIVALENTE A TRECIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (369 MTS2), ubicado en la Calle 56 antes 6-A, entre carreras 13 C Y 14 B, signada con el Nro. 132-60 de Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la calle 2 que es su frente; SUR: Con la señora Elisa Rodríguez; ESTE: Con la señora Vilmary Castillo y el señor Freddy Castillo y; OESTE: Con el señor Wilton Romero. Dichas bienhechuría están constituida por: Paredes de bloque, tres habitaciones, un baño, una sala, cocina, con servicio de luz, electricidad. Las cuales tienen un valor de CICUENTA MIL BOLIVARES SOBERANOS
(Bs.S 50.000,00).
En fecha 05/10/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.
En fecha 17/10/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como YOLIMAR AIME RODRIGUEZ SUAREZ mayor de edad, venezolana, cedula de identidad N°V-20.010.321 y a MIGUEL ANGEL ZANBRANO RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolano, cedula de identidad N° V- 9.216.421.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del el ciudadano ANDARA MALVACIA JHONNY RAFAEL ya identificado, asistido por el Abogado en ejercicio YONNY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°226.792, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 07 DIAS DEL MES NOVIENBRE DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente
Abg. Josmery E Parra De Montes
La Secretaria Suplente
Abg. Isbelys Sánchez
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