REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de noviembre de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO: KP02-S-2018-002799
SOLICITANTE: HAIDEE COROMOTO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.732.124, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: BELKYS HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°90.344.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 27/07/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentado por la ciudadana HAIDEE COROMOTO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.732.124, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio BELKYS HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°90.344, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140 M2), ubicado en la Comunidad Bolivariana la feria, final calle 13, frente a la avenida la Ribereña, de Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con bienhechurías de Andreina Grimaru; SUR: Con Avenida Ribereña que es su frente; ESTE: Con bienhechurías de Yoleida del Carmen Peraza Castillo y; OESTE: Con bienhechurías de Yomar Olivia Colmenarez Pérez. Dichas bienhechuría están constituida por: Una casa con sala, cocina, comedor, baño con poceta y lavamanos, piso de cerámica, ventanales de vidrio con protectores de metal, puerta de metal, paredes de bloques y techo de zinc. Las cuales tienen un valor de DOSCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs 200.000.000,00) o en su equivalencia al nuevo cono monetario DOS MIL BOLIVARES SOBERANOS (Bs.S 2.000,00).
En fecha 31/07/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.
En fecha 24/10/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como RIVERO GONZALEZ JOHANA CAROLINA mayor de edad, venezolana, cedula de identidad N°V-17.859.604 y a GARCIA BRACHO JOHNNY ANTONIO, mayor de edad, venezolano, cedula de identidad N° V- 24.399.219.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana HAIDEE COROMOTO HERNANDEZ ya identificado, asistida por la Abogada en ejercicio BELKYS HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°90.344, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 22 DIAS DEL MES NOVIENBRE DEL AÑO 2018.Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente
Abg. Josmery E Parra De Montes
La Secretaria Suplente
Abg. Isbelys Sánchez
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