REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO : KP02-S-2017-006792
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana LUDY DIOCIMAR VALERO, titular de la cédula de identidad Nro.V-16.418.625, debidamente asistida por la abogada MARIA EUGENIA LINAREZ BETHENCOURT, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 90.477 y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de mejoras a bienhechurías que le pertenecen según consta de Titulo Supletorio N° KP02-S-2011-001451 otorgado por el Tribunal Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 23-05-2011, ubicadas en la vía Quibor, avenida Florencio Jiménez a la altura del kilómetro 11, en carrera 1 esquina calle 3, sector “La Concordia” 3, punto de referencia detrás de los Tanques del Inos y que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un terreno EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante la ciudadana LUDY DIOCIMAR VALERO anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
La Juez Suplente

Abg. Leomary Josefina Pérez Martínez
El Secretario Suplente

Jhonny Alvarado Hernández

LJPM/JAH/js.-