REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de mayo de dos mil dieciocho (2018)
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2017-004445

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus JUAN JOSE PORTELES, quien en vida fuese venezolano, titular de la cédula de identidad No. V- 2.911.934, y falleciera ab intestato el día 11 de Noviembre de 2.008, a favor de los ciudadanos DIOSELICE VEL PORTELES, JUSTA PASTORA PORTELES, NELSON ANTONIO PORTELES, MARIA YNMACULADA PORTELES, LEOBARDO JOSE PORTELES, PRIMOY DE LAS MERCEDES PORTELES y CARMEN GRISELDA PORTELES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.V-4.730.500, V-3.315.134, V-5.251.038, V- 4.727.790, V-7.351.254, V-7.353.452, y V-9.622.552, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO

LA SECRETARIA

ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS


DJPB/CNV/JAFB