REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara
Barquisimeto, siete de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO : KP02-H-2018-000576

SOLICITANTES: MARIA GABRIELA ALSECO HERNANDEZ y MIGUEL ANGEL OROPEZA SAMUEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-20677765 y V-18654907 respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): Omitido según lo dispuesto en el articulo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
FECHA DE NACIMIENTO: 22 DE SEPTIEMBRE DE 2012

MOTIVO: HOMOLOGACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DERECHOS PROTEGIDOS: FRECUENTADO CON EL PADRE NO CUSTODIO

Por recibido en fecha 30 DE ABRIL DE 2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL AUXILIAR DECIMO CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. JHONNY JOSE GOMEZ de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos MARIA GABRIELA ALSECO HERNANDEZ y MIGUEL ANGEL OROPEZA SAMUEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-20677765 y V-18654907 respectivamente; en beneficio de Omitido según lo dispuesto en el articulo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL AUXILIAR DECIMO CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. JHONNY JOSE GOMEZ que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:

“ PRIMERO: EL PADRE BUSCARA TODOS LOS DIAS AL MEDIO DIA AL NIÑO A LA ESCUELA Y LLEVARLO EN LA TARDE LUEGO DE LAS PRACTICAS DE BEISBOL Y DESDE LOS VIERNES PERNOCTARA EN EL HOGAR PATERNO Y LO REGRESARA EL DOMINGO A LAS 04:00 PM. SEGUNDO: EL PADRE COMPARTIRA CON SU HIJO UN FIN DE SEMANA CADA 15 DIAS BUSCANDOLO EN LA ESCUELA LOS DIAS VIERNES Y LO REGRESARA EL DOMINGO A LAS 05:00 PM. TERCERO: DIA DEL PADRE CON EL PADRE Y EL DIA DE LA MADRE CON LA MADRE. CUARTO: EL DIA DEL CUMPLEAÑOS DEL NIÑO EL PADRE COMPARTIRA LA SEMANA SIGUIENTE DE SU CUMPLEAÑOS. QUINTO: LAS FECHAS DE CARNAVAL Y SEMANA SANTA SERAN COMPARTIDAS ENTRE AMBOS PADRES. SEXTO: EN LAS FECHAS DECEMBRINAS EL PADRE COMPARTIRA EL 24 DE DICIEMBRE Y LA MADRE 31 DE DICIEMBRE Y EN AÑOS VENIDEROS SERA ALTERNADOS. SEPTIMO: EN LAS VACACIONES ESCOLARES EL PADRE COMPARTIRA 15 DIAS CON SU HIJO Y LA MADRE 15 DIAS HASTA CULMINAR EL PERIODO DE VACACIONES ESCOLARES.”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) Omitido según lo dispuesto en el articulo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto la REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL AUXILIAR DECIMO CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. JHONNY JOSE GOMEZ de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 387, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, 07 de mayo de 2.018. Año 208º y 159º.


LA JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,




Abg. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA

EL SECRETARIO
ABG. ANDRI PACHECO



En esta misma fecha se registró bajo el Nº 513 -2018 y se publicó siendo las 09:30 am.

EL SECRETARIO
ABG. ANDRI PACHECO


AMMP/MARIAE*/.-