REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO : KP02-V-2017-003389
DEMANDANTE: EGLIANA JOSEFINA PINTO BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-12.704.384.
DEMANDADA: LUIS ALFREDO MARCHÁN MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-13.644.352.
BENEFICIARIOS: omitido según lo dispuesto en el artículo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
FECHA DE NACIMIENTO: 03/09/2005 y 15/11/2014, respectivamente.
MOTIVO: Declaración de desistido el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO por aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
FECHA DE ENTRADA DE ASUNTO: 12/12/2017.
DERECHO PROTEGIDO: DEBIDO PROCESO.

En fecha 21 de mayo del 2018, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR EN FASE DE SUSTANCIACION, entre los ciudadanos EGLIANA JOSEFINA PINTO BARRETO y LUIS ALFREDO MARCHÁN MENDOZA, ya identificados, se dejó constancia que ninguna de las partes en juicio comparecieron a la referida audiencia, ni por si, ni por medio de un apoderado que los representare, por lo que la ciudadana Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. ANDREÍNA MARGARITA MARRELLI PALENCIA, en aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el procedimiento. Y ASI SE DECLARA.

DECISION
En virtud de la inasistencia de la parte actora a la audiencia preliminar en fase de sustanciación, conforme lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara DESISTIDO el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO, incoado por la ciudadana EGLIANA JOSEFINA PINTO BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-12.704.384, en contra del ciudadano LUIS ALFREDO MARCHÁN MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-13.644.352, y se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dese por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, 22 de mayo del 2017. Años 208º y 159º.

LA JUEZ TERCERA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN,

ABG. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA

EL SECRETARIO,
Abg. JESUS PEREZ

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 571-2018 y se publicó siendo las 11:30 a.m.

EL SECRETARIO,
Abg. JESUS PEREZ

AMMP/Mariangel Colmenares.-