REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
207º y 158º
ASUNTO: KP02-L-2018-000024
PARTE ACTORA: LOURDES YASMINA CAMACHO DE SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.368.586.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: VICTORIA MARIA SANCHEZ PACHECO, Inpreabogado Nro. 147.235
PARTE DEMANDADA: BAR RESTAURANT NIGHT CLUB LA GRAN CABAÑA DE LARA S.R.L
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: ANTONIO MARCANO, MIGUEL TORRES, EMANUEL FERREIRA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 28.386, 115.396, 263.785, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy 9 de marzo de 2018 siendo las 9:00 a.m. día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que comparecieron los abogados ANTONIO MARCANO, MIGUEL TORRES y EMANUEL FERREIRA, IPSA Nro. 28.386, 115.396, 263.785 respectivamente, quienes consignaron copia del poder que les acredita tal cualidad. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

El Juez
Abg. José M. Martínez Salas
El Secretario
Abg. Alberto Noguera
Los presentes
El Alguacil