REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, siete (07) de marzo de dos mil dieciocho
207º y 159º

ASUNTO: KP12-V-2017-000249

Demandante: José Luis Barrios Colmenarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.636.413.

Abogado: Isabel Cristina Rodríguez Burgos, en su condición de Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Demandada: Maribel Josefina Alvarado Torres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.842.421.

Motivo: Obligación de Manutención.

En fecha 29 de noviembre de 2017, el ciudadano José Luis Barrios Colmenarez, ya identificado, en representación de sus hijos, los adolescentes y el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), debidamente asistido por la Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes abogada Isabel Cristina Rodríguez Burgos, solicitó se citara a la madre de sus hijos, la ciudadana Maribel Josefina Alvarado Torres, ya identificada a fin de que fijara la Obligación de Manutención para sus hijos. En dicha oportunidad consignó copia certificada de la partida de nacimiento de sus hijos, copia fotostática de su cédula de identidad, copia fotostática de la cédula de identidad de la demandada, copia fotostática del título de Bachiller de la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), constancia de estudio de la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), constancia de estudio del adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), constancia de estudio del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), constancia de residencia emitida del Consejo Comunal San Juan Bautista.
En fecha 30 de noviembre de 2017, se admitió la demanda, ordenándose la notificación de la demandada y oír la opinión de los adolescentes y el niño.
En fecha 05 diciembre de 2017, se dejó constancia de la comparecencia de los adolescentes y el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), a manifestar su opinión.
En fecha 22 de febrero de 2018, el ciudadano alguacil adscrito a este juzgado, consignó boleta de notificación librada a la demandada, debidamente firmada y recibida por la ciudadana Milagro Alvarado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.942.475.
En fecha 23 de febrero de 2018, la suscrita secretaria certificó boleta de notificación, de conformidad con la norma del artículo 458 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 26 de febrero de 2018, fue fijada la audiencia preliminar en su fase de mediación para el día martes seis (06) de marzo de 2018, a las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, entre los ciudadanos José Luis Barrios Colmenarez y Maribel Josefina Alvarado Torres, ya identificados, de conformidad con la norma del artículo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 06 de marzo de 2018, día y hora fijada para llevarse a cabo la audiencia Preliminar en su fase de mediación, entre los ciudadanos José Luis Barrios Colmenarez y Maribel Josefina Alvarado Torres, ya identificados, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de las partes tanto demandante como demandada, es por ello que de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró desistido el procedimiento.

DECISIÒN

Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la demanda de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano José Luis Barrios Colmenarez, ya identificado contra de la ciudadana Maribel Josefina Alvarado Torres, ya identificada y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.

Regístrese y publíquese

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 07 de marzo de 2018. Años. 207º y 159º.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION


ABG. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS


LA SECRETARIA


ABG. BERTHA MARÍA ÁLVAREZ ANDUEZA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 24-2018 y se publicó siendo las 03:21 pm.




LA SECRETARIA


ABG. BERTHA MARÍA ÁLVAREZ ANDUEZA


KP12-V-2017-000249