REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 25 de Junio de 2018
207º y 158º
ASUNTO: KP02-H-2018-000779
SOLICITANTES: FLOR ANGELINA VASQUEZ RODRIGUEZ Y ARMANDO GUTIERREZ LAMEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.448.542 Y V-18.863.962, respectivamente.
BENEFICIARIO(S): IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
FECHA DE NACIMIENTO: 09/10/2017
MOTIVO: HOMOLOGACION RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DERECHOS PROTEGIDOS: DERECHO A TENER UNA FAMILIA

Por recibido en fecha 16/06/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL DECIMO CUARTA de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos FLOR ANGELINA VASQUEZ RODRIGUEZ Y ARMANDO GUTIERREZ LAMEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.448.542 Y V-18.863.962, respectivamente; en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL DECIMO CUARTA, que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:

“PRIMERO: EL PADRE COMPARTIRA CON SU HIJO TODOS LOS FINES DE SEMANA, A QUIEN BUSCARA EN EL HOGAR MATERNO EL DIA VIERNES, Y LO REGRESARA EL DIA LUNES EN HORAS DE LA MAÑANA.
SEGUNDO: EL DIA DEL NIÑO, EL PADRE COMPARTIRA CON SU HIJO MEDIA DIA Y MEDIO DIA CON LA MADRE.
TERCERO EN EL MES DE DICIEMBRE, EL NIÑO ESTARA CON SU MADRE EL DIA 24 Y CON EL PADRE EL DIA 31-12, SIENDO DE FORMA ALTERNAS LOS SIGUIENTES AÑOS, ES TODO”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL DECIMO CUARTA de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.

En consecuencia, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los veinticinco (25) días del mes de Junio de 2018. Año 208º y 159º.


LA JUEZ NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION




ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA


LA SECRETARIA,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1135-2018 y se publicó siendo las 11:39 a.m.

LA SECRETARIA,
APE//Abg.DazaJ.-