REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de Junio del dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-1239

SOLICITANTE: RAFAEL ANTONIO BARBOSA RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.587, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ANA D’ORAZIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°104.069.
Motivo: TITULO SUPLETORIO

En fecha 11/04/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO BARBOSA RICON, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.587, de este domiciliado, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ANA D´ORAZIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.069, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las reparación y mejoras realizadas a la bienhechuría, constituidas por: sala, cocina y comedor, dos (2) habitaciones, un (1) baño, puertas de hierro, techo de zinc, cercada perimetral de bloques, piso de cemento, porche y garaje, y un anexo, sobre un TERRENO EJIDO, que mide TRESCIENTOS UN METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (301,34MTS2) ubicada en la carrera 3 entre calles 9 y 10 N°9-97, Barrio San José, Parroquia Unión, del Municipio Iribarren del Estado Lara; el cual posee los siguientes linderos: NORTE En línea de Nueve con ochenta metros (9,80mts) con terreno ocupado por Leida González; SUR: En línea de Nueve con setenta y siete metros (9,77mts) con carrera 3, que es su frente;ESTE: En línea de Treinta con ochenta y cinco metros (30,85mts) con terreno ocupado por sucesión Rodríguez; y OESTE: En línea de Treinta con ochenta y cinco metros (30,85mts) con terreno ocupado por Elio Piña.
En fecha 13/04/2018 se le da entrada admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha18/04/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: LUIS DEL CARMEN MILANO MENDOZA, y ADALBERTO ENRIQUE PALMA PERTUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.247.194 y V-24.567.425, respectivamente.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano RAFAEL ANTONIO BARBOSA RICON, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.587, de este domiciliado, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ANA D´ORAZIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.069; sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 21 DIAS DEL MES JUNIO DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente

Abg. Josmery E Parra De Montes
La Secretaria Suplente

Abg. Anais Torrealba Yepez