REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-001407
SOLICITANTE: EDNA ALDYSABETH CASANOVA BURGOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.063.428, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: JOSÉ ANTONIO DIAZ VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 234.185.
Motivo: TITULO SUPLETORIO

En fecha 25/04/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana EDNA ALDYSABETH CASANOVA BURGOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.063.428, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ ANTONIO DIAZ VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 234.185, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, ubicado en la vía el Cercado, Lomas country, Sector La Rinconada, calles Los Narcisos C, parcela H1-46a, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara; el cual tiene una superficie de TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS (312mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de trece (13mts2) con terrenos del parque; SUR: En línea de trece (13mts2) con parcela de Nayibe Urdaneta; ESTE: En línea de veinticuatro (24mts2) con la parcela de Emilia Montilla; y, OESTE: En línea de veinticuatro (24,mts) con Calle Los Narcisos C, que es su frente. Dicha bienhechuría está constituida por una cerca perimetral de alambre de púas sobre estantillos de madera; la cual está valorada en la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 6.000.000,00).
En fecha 25/04/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 09/05/2018 la Juez Suplente Abogada Josmery Enid Parra de Montes se aboca al conocimiento de la presente solicitud; procediéndose a escuchar en esa misma fecha los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: SÁNCHEZ GOMEZ GIOVANNI ALEXIS Y PARRA QUERO OMAR RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.067.376 y V- 7.418.902, respectivamente, f. 05.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana ENDA ALDYSABETH CASANOVA BURGOS, ya identificada, asistida por el Abogado en ejercicio JOSÉ ANTONIO DIAZ VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°234.185, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veinticuatro (24) DIAS DEL MES MAYO DE DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente



Abg. Josmery E Parra de Montes
La Secretaria Suplente

Abg. Anais Torrealba Yépez