REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 25 de Junio del 2018
208º y 159º
ASUNTO: KP02-H-2018-000780

SOLICITANTES: DEXY LIBER YEPEZ PEREZ y LUGO JOSÉ GARCÍA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-25856603 y V-16955396, respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
FECHA DE NACIMIENTO: 24/06/2007 y 30/05/2013.
MOTIVO: HOMOLOGACION RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
FECHA DE ENTRADA AL ÓRGANO: 20/06/2018
DERECHO PROTEGIDO: A TENER UNA FAMILIA.
Por recibido en fecha 20/06/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL AUXILIAR DECIMO CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, Abg. JHONNY JOSÉ GOMEZ ALVAREZ DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, a instancias de los ciudadanos DEXY LIBER YEPEZ PEREZ y LUGO JOSÉ GARCÍA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-25856603 y V-16955396, respectivamente; en beneficio de los niños IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES; este Tribunal le da entrada y lo Admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL AUXILIAR DECIMO CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, Abg. JHONNY JOSÉ GOMEZ ALVAREZ, que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:

“PRIMERO: la madre compartirá con sus hijos DOS FINES DE SEMANA AL MES DE MANERA ALTERNADA, es decir, lo buscará el día sabado a las 09:00 a.m., hasta las 04:00 p.m., del mismo día que los regresará a casa del padre, e igualmente el día domingo. De la misma manera, los niños podrán pernoctar un fin de semana al mes con la madre, desde el sábado hasta el domingo que los regresa al hogar del padre, previo anuncio telefónico. SEGUNDO:En epoca de diciembre, la mare compartirá con sus hijos los días 24/12 y 31/12 desde las 09:00 a.m., hasta las 05:00 p.m., que los regresa al hogar del padre. TERCERO: El día de la madre, los niños compartirán con la madre y el día del padre con el padre. CUARTO: En el cumpleaños de los niños, ambos padres acordarán la manera como compartirán con sus hijos, en el cumpleaños de los progenitores, los niños compartirán con cada uno de ellos. QUINTO: Los días festivos, ambos padres acordarán como compartir con sus hijos.”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores de los niños IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL AUXILIAR DECIMO CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, Abg. JHONNY JOSÉ GOMEZ ALVAREZ DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 25 días del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2.018). Año 208º y 159º.

LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,



ABG. MERLY DEL CARMEN CAMACARO ALMADO


EL SECRETARIO,


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 716-2018 y se publicó siendo las 10:50 a. m.



EL SECRETARIO,
MCCA/Mariangel Colmenares.-