REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 10 de Julio de 2018
208º y 159º

ASUNTO: KH0U-X-2018-000067
DEMANDANTES(S): EDINSON MUJICA, JOHANNA LEON Y JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-7.451.739, V-10.959.473 Y V-16.239.009, IPSA N° 47.956, 72.129 Y 114.876, respectivamente.
DEMANDADOS: AGROCAUCHOS QUIBOR, S.A, FUENTE DE SODA RESTAURANT LA NUEVA CRUZ VERDE C.A, ESTACIÓN DE SERVICIO CRUZ VERDE Y OCTAVIO JOSE CAVACO GUERRERO
MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES (DECLINATORIA DE COMPETENCIA).

En fecha 26 de Junio de 2018, comparecen por ante este Tribunal los Ciudadanos EDINSON MUJICA, JOHANNA LEON Y JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-7.451.739, V-10.959.473 Y V-16.239.009, IPSA N° 47.956, 72.129 Y 114.876, respectivamente, en contra de AGROCAUCHOS QUIBOR, S.A, FUENTE DE SODA RESTAURANT LA NUEVA CRUZ VERDE C.A, ESTACION DE SERVICIO CRUZ VERDE Y el ciudadano OCTAVIO JOSE CAVACO GUERRERO.
En fecha 03 de Mayo de 2018, se admite la solicitud de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, acuerda notificación a AGROCAUCHOS QUIBOR, S.A, FUENTE DE SODA RESTAURANT LA NUEVA CRUZ VERDE C.A, ESTACIÓN DE SERVICIO CRUZ VERDE, en la persona de su representación legal Abg. José Rodríguez y al ciudadano OCTAVIO JOSE CAVACO GUERRERO, para la cual se libró Exhorto al Juzgado del Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En fecha 23 de Mayo de 2018, se recibe escrito del Abg. José Rodríguez IPSA N° 90.085, en el cual solicita la regulación del tribunal competente para manejar dicha solicitud, ya que en la demanda no se encuentra menores.
Observa esta Juzgadora, que se evidencia que en virtud la causa principal que sobre el cual se intentó se la intimación de honorarios profesionales se encuentra debidamente en el estado de ejecutado de manera forzosa
En este orden de ideas, en decisiones de la Sala de Constitucional de 14 de Agosto de 2018, Expediente 08-0273 (Caso Colgate Palmolive) con relación al pago de Honorarios Profesionales, estableció el siguiente criterio:
“(…)A juicio de esta Sala, y en beneficio del abogado, podría pensarse que el incidente de cobro de honorarios entre el abogado y su cliente, puede suscitarse dentro de la fase de ejecución de la sentencia, por ser ésta una consecuencia del “juicio contencioso”, pero cuando el juicio ha terminado totalmente, como sucede en los casos donde no hay fase de ejecución, cual es el caso de autos, el cobro de honorarios del abogado a su cliente, es imposible que tenga lugar en la causa donde se pretende se causaron los honorarios y ante el juez que la conoció, ya que esa causa finalizó y no hay en ese momento juicio contencioso alguno, ni secuelas del mismo.”

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual está llamada a garantizar el ejercicio y disfrute pleno y efectivos de sus derechos u garantías, y el Juzgado competente para seguir conociendo de este juicio, de acuerdo a lo pautado por el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil, Y PROCEDE A DECLINAR LA COMPETENCIA A LOS TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Asimismo revoca auto de admisión de fecha 03 de Mayo de 2018, del procedimiento de Intimación de Honorarios Profesionales instaurada por los abogados EDINSON MUJICA, JOHANNA LEON Y JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-7.451.739, V-10.959.473 Y V-16.239.009, IPSA N° 47.956, 72.129 Y 114.876, respectivamente, en contra de AGROCAUCHOS QUIBOR, S.A, FUENTE DE SODA RESTAURANT LA NUEVA CRUZ VERDE C.A, ESTACIÓN DE SERVICIO CRUZ VERDE Y el ciudadano OCTAVIO JOSE CAVACO GUERRERO. Así se decide. Remítase con oficio.

Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Barquisimeto a los 10 días del mes de Julio de 2018.
LA JUEZ NOVENA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN



ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA
LA SECRETARIA


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1249-2018 y se publicó siendo las 03:29 p.m.

LA SECRETARIA

APE//Abg.DazaJ.-