REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de julio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-002238
SOLICITANTE: MARÍA BLANCA PARRA SUAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.432.798 de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ROSA ISELA SUAREZ MUJICA PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°226.637.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 25/06/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadano MARÍA BLANCA PARRA SUAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.432.798 de este domicilio debidamente asistido por el abogado en ejercicio ROSA ISELA SUAREZ MUJICA PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°226.637, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS (190 MTS2), ubicado en la carrera 17 entre calles 8 y 9, callejón 17-A, Urbanización Cruz Blanca, sector B, de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de Veinte con Treinta metros (20,30mts) con Carmen Chirinos ; SUR: En línea de Veinte con Treinta metros(20,30mts)con Alberto Pichardo; ESTE: En línea de Nueve con Cuarenta metros (9,40mts) con Yeni Salcedo y; OESTE En línea de Nueve con Cuarenta metros (9,40mts) con callejón que es su frente. Dichas bienhechuría están constituida por: Una (01) vivienda construida con paredes de bloque y de bahareque y madera, techo de acerolit, piso de cemento, Un (01) baño, sala cocina ,comedor, Dos(02) habitaciones cerca una parte. Con un valor aproximado de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (50.000.000,00Bs).

En fecha 10/07/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 18 /07/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó GUEDEZ ATACHO DOUGLAS JOSÉ la parte interesada, identificados como: mayor de edad venezolana cedula de identidad N°V-9.602.998 y a INOJOSA VALLES GERMAN JOSÉ mayor de edad venezolano cedula de identidad N° V-7.514.740.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadano MARÍA BLANCA PARRA SUAREZ ya identificado, asistida por la Abogada en ejercicio ROSA ISELA SUAREZ MUJICA PERAZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°226.637, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
La Juez Suplente


Abg. Josmery E Parra De Montes

La Secretaria


Abg. Anais Torrealba Yépez