REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR QUINTO DE EJECUCIÓN

CAUSA Nº CJPM-TM5ES-026-16.


AUTO ACORDANDO EXTENSIÓN DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES

JUEZ MILITAR: PRIMER TENIENTE MOISÉS EDUARDO MARTÍNEZ CEDEÑO
SECRETARIO JUDICIAL: SARGENTO AYUDANTE CESAR ARGENIS RONDON
ALGUACIL: SARGENTO SEGUNDO ROBERT GABRIEL FLORES
PENADO: PRIMER TENIENTE (R) BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174.

DELITOS:





PENA: DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, y ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537, concatenado con el artículo 389 ordinal 1 y 390 ordinal 1 en el grado de autor, todos del Código Orgánico de Justicia Militar.

TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecida en los numerales 1 y 2 del artículo 407.


FISCAL MILITAR: PRIMER TENIENTE DORAIMA M. CARRASCO CASTILLO, titular de la cedula de identidad N° V-17.325.432, Inpreabogado N° 138.882, Fiscal Militar Cuadragésima Primero con sede en Puerto Ordaz, Estado Bolívar.
DEFENSORA
PUBLICA MILITAR: ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Público Militar.

Vista y analizada la solicitud formulada por la ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Pública Militar, del penado PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174, quien fue sentenciado por el Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, en fecha 27 de Abril del año 2016, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecida en los numerales 1 y 2 del artículo 407, por la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, y ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en los artículos 534 y 537, concatenado con el artículo 389 ordinal 1 y 390 ordinal 1 en el grado de autor, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, con domicilio en Ciudad Socialista Sector la Mora, Apto. No. 102, planta baja, Manzana 05, La Victoria, Estado Aragua; plaza para el momento de los hechos de la 59 Brigada de Defensa Aérea, (AVB) Estado Bolívar, mediante la cual solicita la posibilidad de la extensión del régimen especial de presentaciones de sesenta (60) días a noventa (90) días, en virtud que la defensa manifiesta que el penado identificado en autos, actualmente goza del beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y se le impuso un régimen de prueba de DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTE (20) DIAS, hasta el día 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2020, con presentaciones periódicas cada sesenta (60) días, asimismo manifiesta que el penado ha cumplido hasta la presente fecha a cabalidad todas las presentaciones impuesta por ante este Tribunal Militar, hace referencia lo costoso del pasaje que cada vez más se hace difícil de adquirirlo, debido a la situación del país y lo escaso del transporte tanto público como privado; en consecuencia, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, amparado en lo preceptuado en los artículos 26 Y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 471, cardinal 1 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por mandato expreso de los artículos 20 y 592, del Código Orgánico de Justicia Militar, considera procedente, por no ser contraria a derecho y en resguardo de sus derechos Constitucionales; decreta los siguientes pronunciamientos PRIMERO: ACORDÓ CON LUGAR la solicitud realizada por la ABOGADA REINA MAITA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.860.258, Inpreabogado N° 52.761, Defensora Pública Militar, del penado PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174, relacionada con la extensión del régimen especial de presentaciones periódicas cada sesenta (60) días a noventa (90) días, con la finalidad de cumplir a cabalidad el Régimen de Prueba de DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTE (20) DIAS, hasta el día 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2020, en consecuencia este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias extiende el régimen especial de presentaciones periódicas de sesenta (60) días hasta noventa (90) días por ante este Tribunal Militar, los días veinte (20), cada tres meses y hasta el día 12 de febrero del año 2020. SEGUNDO: Notificar al Defensor y al Fiscal Militar de la Causa y a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nro. 02 de Maturín Estado Monagas, de la decisión dictada por este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, TERCERO: se le informa al penado PRIMER TENIENTE ® BOLIVAR FLORES JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.608.174, que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas en fecha 27 de Junio del año 2017, y la extensión del régimen especial de presentaciones otorgada en el día de hoy, es motivo legal suficiente para revocarle el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena que actualmente goza. A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 487 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Procédase a la remisión del correspondiente oficio de manera tal de cumplir a cabalidad con lo establecido para el otorgamiento del beneficio procesal antes indicado, notificaciones a las partes y participaciones de rigor. HAGASE COMO SE ORDENA.

EL JUEZ MILITAR,

MOISES EDUARDO MARTINEZ CEDEÑO
PRIMER TENIENTE
EL SECRETARIO JUDICIAL ACC,

CESAR ARGENIS RONDON
SARGENTO AYUDANTE

En la misma fecha de hoy, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se libraron las correspondientes Boletas de Notificación a las partes, se realizaron las participación de rigor mediante los oficios Nro _____________________.



EL SECRETARIO JUDICIAL ACC,

CESAR ARGENIS RONDON
SARGENTO AYUDANTE